
El Gobierno reglamentó la Ley de Cannabis: ¿qué se puede producir y consumir?
El Gobierno aprobó la reglamentación histórica para la Industria del cannabis medicinal y cáñamos industrial. Qué se puede producir y consumir.
7 de agosto de 2023 • 13:39

El Gobierno reglamentó la Ley de Cannabis: ¿qué se puede producir y consumir? - Créditos: Getty.
Este lunes 7 de agosto, mediante el decreto 405/2023 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo sancionó la Ley N° 27.669, la cual implementa un “Marco Regulatorio para fomentar el desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial”. De esta manera, y a través del documento de 14 páginas, se reglamentaron los distintos artículos que contempla la nueva ley, precisando los parámetros que abarcará.
Se reglamentó la Ley del Cannabis: qué dice el decreto

Se reglamentó la Ley del Cannabis: qué dice el decreto. - Créditos: Getty.
El decreto establece el marco regulatorio que se deberá cumplir para el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial en el país. Además, establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley y su Reglamentación será la Agencia Regulatoria de la Industria del Cannabis y del Cannabis Medicinal (ARICCAME).
La ARICCAME será el organismo que otorgará los permisos, licencias y autorizaciones para la producción, el procesamiento, la distribución, la exportación e importación del cannabis medicinal y cáñamo industrial, con fines medicinales nutricionales y/o de cosmética humana o industriales. También se encargará de regular el mercado de estos productos, y garantizará su calidad y seguridad.
A su vez, este organismo podrá dictar normas aclaratorias o complementarias para la aplicación de la reglamentación: emitir resoluciones e instrucciones específicas sobre cómo aplicar la Ley y todas las dudas que puedan surgir sobre el reglamento.
Además, trabajará en conjunto con otros organismos estatales como la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa); los Institutos Nacionales de Semillas (INASE), Tecnología Agropecuaria (INTA) y Tecnología Industrial (INTI); la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP).
Ley de Cannabis: los detalles de la THC
Entre los principales aspectos a destacar, está el muy esperado detalle sobre el porcentaje permitido de THC, ya que, el mismo fue declarado como el componente psicoactivo y penalizado por la ley N° 23.737 de Tenencia y Tráfico de Estupefacientes.
Sobre este punto, la reglamentación fija el cannabis psicoactivo a todo lo que supere el 1% de THC y cáñamo, cáñamo industrial y/u hortícola como planta de cannabis, sus partes, semillas y sus derivados. Esto significa que, los derivados de la planta de cannabis estarán aptos para comercialización siempre y cuando no superen el 1% de THC.
Cómo tramitar la licencia para producir cannabis legal

Cómo tramitar la licencia para producir cannabis legal.
La ley establece una Ventanilla Única para tramitar las autorizaciones y licencias para realizar las operaciones de cultivo, cosecha, almacenamiento, fraccionamiento, procesamiento, producción industrial, transporte y distribución, comercialización, y cualquier otra actividad que integre la cadena productiva del cannabis, de la planta de cannabis, de las semillas y productos derivados con fines medicinales, industriales y de investigación.
Desde el Gobierno explican que la Ventanilla Única servirá para proporcionar una “mayor eficiencia” en las gestiones y trámites, unificar procedimientos administrativos y expedientes, dar intervención a los organismos con competencias específicas involucrados y facilitar el acceso y difusión de la información de manera homologada, estandarizada, actualizada e integrada.
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