En el nuevo Código Penal talibán, partirle el brazo a una mujer puede implicar 15 días de cárcel. Maltratar a un camello, cinco meses. Esa sentencia es una señal simbólica que revela una jerarquía moral en la ley: la integridad de un animal recibe mayor salvaguarda que la de una mujer.
¿Qué pasa cuando creemos que los derechos son inevitables?
Es tentador pensar que, una vez conquistado un derecho, ya está garantizado para siempre, como acceder a la educación, al trabajo, al voto, divorciarse o manejar los propios bienes.
Pero la historia reciente muestra que no es así. Los derechos no son eternos ni naturales. Son acuerdos colectivos y frágiles que pueden erosionarse si no hay cultura, práctica y voluntad para defenderlos.
Los cambios legales no siempre empiezan con un decreto radical. A veces comienzan con discursos que relativizan el valor de ciertos grupos, con normalizaciones que luego se traducen en políticas y, finalmente, en leyes. Según un reporte de ONU Mujeres, 1 de cada 4 países notifica un retroceso en los derechos de las mujeres desde 2024. Esto ilustra cómo la conquista de derechos puede revertirse cuando pierde sostén social y político.
Poder y silencio: cómo se consolidan retrocesos

Mujeres afganas esperan para recibir raciones de comida entregadas por un grupo humanitario, en Kabul, Afganistán. - Archivo LN
La legislación no es solo un instrumento técnico: es también un ejercicio de poder. Cuando un solo grupo de personas, que comparten una ideología, concentra autoridad sin contrapesos —y cuando la sociedad internacional y local guarda silencio—, los derechos de las personas más vulnerables quedan expuestos.
La normalización ocurre poco a poco: primero, a través de un discurso que relativiza la violencia; después, por el cansancio mediático; y, finalmente, por la indiferencia colectiva.
La jerarquización del valor de la vida
Las leyes enseñan. Las sanciones que establecemos y las conductas que legitimamos son herramientas de socialización. Si se permite —o se minimiza— la violencia contra las mujeres, la sociedad aprende que esa violencia es tolerable. Si se normaliza que ellas estén bajo la “autoridad” absoluta del marido o “amo”, la desigualdad no solo se legaliza, sino que se refuerza culturalmente.
Lo que sucede en Afganistán es extremo. Pero no es irrelevante para otros contextos. Es una alerta: los derechos no son un pedestal inamovible. No hay garantía automática. Y nadie protegerá nuestros derechos como sociedad si no estamos dispuestas y dispuestos a cuidarlos primero.
Porque un derecho existe en la ley, pero también en la cultura, en la conversación y en la vigilancia cotidiana. Y cuando dejamos de sostenerlo activamente, empieza a desvanecerse.
Una comparación: antes y después del nuevo Código Penal talibán (en materia de violencia contra mujeres)
Antes del nuevo Código Penal (previo a 2026)Sanciones más severas (hasta meses o años, según la gravedad del delito) bajo leyes anteriores que penalizaban la violencia contra las mujeres (incluida la Ley de Eliminación de la Violencia contra la Mujer de 2009 y otras protecciones).
Después del nuevo Código Penal (2026, talibán)Pena máxima de 15 días de prisión si se demuestra en juicio que hubo lesiones visibles, como fracturas o moretones.
AntesSe permitía denunciar y existían mecanismos legales para evidenciar el delito (con todo lo que ello implicaba en un sistema imperfecto).
DespuésLa víctima debe presentarse ante un juez (usualmente con tutor o acompañante masculino) para probar el abuso, lo cual es extremadamente difícil.
AntesTipos de violencia, como la psicológica o la sexual, estaban claramente tipificados como delitos bajo leyes anteriores.
DespuésNo están explícitamente criminalizados ni protegidos bajo el nuevo código.
AntesEl castigo por violencia de género era mayor o comparable al de otros delitos graves o maltratos (según la gravedad).
DespuésLas penas por maltrato animal (por ejemplo, peleas de animales) pueden ser mucho más altas (cinco meses) que las previstas por violencia física contra mujeres dentro del hogar (15 días).
AntesExistencia de principios legales de igualdad ante la ley (aunque con límites prácticos).
DespuésEl nuevo código establece clases jurídicas y privilegia categorías sociales y religiosas, debilitando la igualdad formal.












